PRENSA

By abogado-tributario-let | agosto 6 , 2018 | 01Comentarios desactivados en Agentes Retenedores SII

Aquí encontrarás la tabla de los contribuyentes retenedores

Revisa aquí los agentes retenedores:

AgentesRetenedores

Agentes Retenedores SII

Corresponde a aquellos contribuyentes (al fisco chileno) (personas naturales y jurídicas) autorizados para aplicar cambio de sujeto del IVA, por lo que adquieren la calidad de agentes retenedores del impuesto (chileno) al Valor Agregado (IVA), haciéndose responsables de la obligación tributaria de retener, declarar y pagar los impuestos (chilenos)

NOMINA DE AGENTES RETENEDORES DE CAMBIO DE SUJETO ACTUALIZADA CON INFORMACION DE PUBLICACIONES EN EL DIARIO OFICIAL HASTA EL MES ANTERIOR

¿Qué se debe hacer cuando un agente retenedor del Impuesto al Valor Agregado (IVA) no declara ni paga el monto retenido?

Cuando un agente retenedor del IVA no declara ni paga el monto retenido en el mismo período tributario en que practicó la retención, deberá presentar la declaración rectificatoria pertinente y deberá pagar el IVA retenido a terceros. El contribuyente que no cumpla con la medida anterior, no podrá hacer uso del Crédito Fiscal originado en la operación comercial, lo que es sancionado, además, con la aplicación de reajustes, intereses y multas por no haber declarado oportunamente.

By abogado-tributario-let | junio 22 , 2018 | 01Comentarios desactivados en Tributarista revela complejas formas de evasión del IVA y cómo se fiscalizarán

Tributarista revela complejas formas de evasión del IVA y cómo se fiscalizarán

Se acaba de dar a conocer que la tasa de evasión del IVA anotó un leve retroceso durante el 2017.

Para explicar y clarificar más lo que pasa actualmente y ocurrirá con la evasión del IVA y los cambios tributarios, Alejandro Ramírez, abogado y Socio Director de IUS Abogado Tributario, habla de las complejas formas de evasión y cómo se fiscalizarán.

-¿Qué cambios se vienen para mejorar la situación de la evasión del IVA?

– En cuanto a la evasión al IVA, la facturación electrónica, que se ha introducido gradualmente, siendo este año obligatorio para todos, facilita el trabajo al Servicio de Impuestos Internos (SII),porque permite un control inmediato e impide que se den figuras de falsificación o duplicación de facturas, como sucedía antes que eran de papel, y el SII le resultaba difícil de investigar.

Antes existían casos en que delincuentes tributarios que falsificaba la documentación de terceros, se hacían pasar por ellos y así defraudaban al fisco y además perjudicaban a contribuyentes que no tomaban los recaudos suficientes para no caer en la ilegalidad, resultando también perjudicados, al tener que pagar altas multas.

-¿Pero hoy se fiscaliza todo?

– Hay una parte de la evasión que definitivamente queda fuera, que es la evasión de IVA a través de la falsedad ideológica. Esto es la que se da cuando dos contribuyentes aparentan haber realizado una operación comercial, sin embargo esta es falsa, nunca existió y solo aparentaron realizarla con la facturación, por medio de la cual traspasaron el crédito del IVA.

– ¿Qué ocurrirá ahora con la factura electrónica?

– La factura materialmente falsa se desecha con la factura electrónica. Pero sí puede persistir y está en los márgenes que todavía hay una evasión y es a través de la falsedad intelectual. El Servicio después al controlar verifica y al ver que hay algo irregular llama al contribuyente y le pide que acredite la veracidad de la operación.

– ¿Cómo opera esta fiscalización?

– En la investigación, el SII parte por presumir la falsedad en base algún antecedente que tenga y es el contribuyente quien debe probar la veracidad de la operación. Si hay algún problema el Servicio (SII) cobrará las multas correspondientes o incluso podría querellarse. Ellos pueden tener el control y estar vigilando porque tienen la información permanente. Ellos van a detectar de inmediato el error, ya que tienen el control.

-¿Qué pasa en el caso de los arriendos?

– En cuanto a la evasión de arriendos, hay que distinguir, ya que no todos los arriendos pagan IVA,solamente las que son amoblados. Por ejemplo, un arriendo de verano de una cabaña o departamento amoblado debería pagar IVA. Si una persona tiene tres departamentos para arrendar, no debe pagar IVA, solo el impuesto a la renta por sus ingresos anuales, salvo que se arriende amoblado.

-¿Cómo proyecta el comportamiento y cumplimiento sobre el pago del IVA?

– Habrá una reducción de la evasión y del incumplimiento en general del IVA, porque en agosto entra en vigencia una resolución del SII, en relación al cambio de sujeto, que a diferencia de lo que existía hasta ahora, en cuanto que era aplicable solo a determinadas áreas de la economía, no siendo aplicable a las transacciones realizadas con facturación electrónica, a partir de la señalada fecha, será aplicable a todos los sectores de la economía, aplicable en general a los contribuyentes que tengan 2 o más obligaciones tributarias pendientes.

Esto antes era aplicable a solo a la transacción de determinados productos, como arroz, construcción, chatarra, especies hidrobiológicas (pesca), ganado,  legumbre, madera, productos  silvestres,  trigo  y berries. Excepcionados las transacciones con factura electrónica.

-¿Cómo opera esto?

– La figura del cambio de sujeto significa que siendo lo común que el contribuyente que vende o presta un servicio, al momento de cobrar incluye el valor del IVA, tendiendo la obligación de declararlo y pagarlo al mes siguiente.  En – El cambio de sujeto es al revés, el que compra le retiene ese impuesto, se le paga solo el neto al vendedor y el impuesto lo retiene el comprador, y esa persona queda con la obligación de declararlo y pagarlo.

– ¿Pero están en ciernes nuevos cambios al sistema tributario?

– Si, aun cuando ha habido ya varios anuncios, se espera que en unos 3 meses más salga a la luz, la llamada reforma a la reforma, que se espera haga sustanciales cambios, en especial dirigidos a simplificar y modernizar el sistema.

– ¿Cómo puede afectar esto a las Pymes?

– En lo referente al cambio de sujeto en el IVA, implicará que las Pymes que registren incumplimientos tributarios, quedará en una “lista roja”, y será un problema tanto para las grandes empresas como así para cualquier contribuyente que opere comercialmente con dichas empresas en “lista roja”, es decir, el contribuyente que compra va a tener que estar investigando a quien le está comprando, porque o si no, va a tener que pagar multas al no realizar la retención.

-¿En definitiva esto será mejor para el Estado que para las empresas?

– El lado bueno para el Estado es que va a aumentar la recaudación, y para las empresas será sin duda un problema adecuarse al nuevo sistema, y tramite adicional al momento de pagar mensualmente el IVA, como así a estar muy atentos a la situación del contribuyente con el que operen comercialmente.

By abogado-tributario-let | junio 19 , 2018 | 01Comentarios desactivados en Expertos apuestan por sistema tributario simple y equitativo

EXPERTOS APUESTAN POR SISTEMA TRIBUTARIO SIMPLE Y EQUITATIVO

Seremi de Hacienda explicó que los aspectos técnicos están en proceso, pero se apunta a que las empresas puedan desarrollarse y cumplir con los impuestos de buena manera.
Una de los anuncios de campaña del actual gobierno que la simplificación del sistema tributario, algo que generó mucho ruido en el gobierno pasado. De entrada, eso sí, el Presidente Sebastián Piñera anunció que no se reducirá el 27% de tributo a las empresas (pese a que ayer la Sofofa pidió reducirlos), pero al menos habrá, según comentó el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, que sise estudia un régimen tributario único para las empresas.

A juicio de Alejandro Ramírez, abogado y socio director de IUS Abogado Tributario, un modelo así para las empresas, que no vulnere de alguna manera el principio de igualdad ante la ley, obliga a determinadas compañías a permanecer en un sistema incluso en contra de lo que sería su voluntad.

CERTEZAS

«El sistema además de simplificarse, debe ser equitativo, otorgar certezas. Debe haber una integración total del sistema tributario, a fin de eliminar el régimen de renta atribuida, porque así permitiría que la compañía pueda diferir el pago de impuestos finales, para el momento en que las utilidades sean efectivamente retiradas, con algunas modificaciones como otorgar el 100% del crédito por el impuesto corporativo pagado por la empresa», explicó.

El profesional, recalcó que es necesaria una reforma para destrabar el actual sistema, introduciendo los modificaciones necesarias Agregó que otro punto es lo relacionado con el necesario cambio de criterio en lo referente ala Norma General Anti Elusión (NGA), buscando uno que sancione la elusión en medida que el actuar del contribuyente implique malicia para evitar el pago de impuestos, considerando que es un derecho de los contribuyentes arreglar su carga tributaria para que ésta sea la menor posible, asemejando de este modo la elusión a la evasión.

«Lo que nos parece más apropiado, por varias razones, pero muy en especial, que no se puede pretender, que ante varias opciones sea obligación del contribuyente tener que elegir la más gravosa para él», apuntó. El seremi de Hacienda, Cristian Muñoz, sostuvo que la simplificación de la reforma tributaria apunta en buscar los mecanismos que permitan un sistema que asegure el adecuado cumplimento de las normas, que también haya una fiscalización del cumplimiento y que permita recaudar los recursos que el Estado necesita.

«La definición técnica de cómo va a hacer está en pleno proceso dentro del ministerio, no sabemos cuándo se va a dar a conocer públicamente», hizo ver. Una cosa que descartó es que esta simplificación vaya a ser pro empresa, sino más bien una pro recaudación, pues el Estado requiere eso, pero a la vez sostuvo que están pensando en crear condiciones para que macro económicamente las empresas puedan desarrollarse y adicionalmente puedan cumplir los tributos que le correspondan.

PERFECCIONAR EL COBRO

En tanto, Claudio Sepúlveda, abogado y socio de BS Abogados, fue más crítico al señalar que «hemos arribado a un sistema policial impositivo, donde el Estado, administrado por el sector de turno, ha ido perfeccionado este régimen, donde se habla más de cómo perfeccionar un cobro de cómo impulsar al generador del impulso económico llegando una situación de suyo absurdo».

A su juicio, el sistema tributario, con reforma incluida bajo el predicamento mesiánico de pagar reformas sociales, solo determina sacar a los jugadores más pequeños de los distintos escenarios en el plano de la producción y servicios. Añadió que el sector controlador ha ido encontrando las fórmulas para batallar con los nuevos y poco alentadores sistemas de recaudación fiscal, pues «claramente tenemos un sector que clama por volver a un punto intermedio más flexible, menos complejizado.

Se generan políticas de recaudación eficaz, normas anti elusión y cabe un segundo preguntarse, ¿cuál es hoy el sentir del perseguido u obligado al pago?» El profesional dijo «No vemos al Estado hablar acerca de nuevos beneficios arancelarios para posproducción de tecnología y productos terciarios teniendo en consideración que somos explotadores de cobre, litio, madera. Claramente la reforma tributaria debería cambiarse por una nueva reforma de beneficios».

INCENTIVO A LA INVERSION

Aparte, mediante una carta enviada a El Mercurio, la Sofofa, liderada por su presidente Bemardo Larraín, y dirigentes regionales del gremio, entre ellos Javier Alvarez de la Cpcc Concepción, pidieron al gobierno que además de simplificar el tema tributario, apuntaron en rebajar los impuestos a fin de incentivar la inversión.

«Los firmantes, empresarios y dirigentes gremiales nacionales y regionales, hacemos un llamado a la política, al Gobierno y a la sociedad civil a no desaprovechar la oportunidad de este nuevo debate tributario que se inicia, para discutir, en forma participativa, todos los temas: simplificación, integración, exenciones, regímenes especiales y tasas de impuestos a las empresas», cerró el escrito.

Estudio jurídico experto en asuntos tributarios de pymes y pequeñas empresas.



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